Con siete votos a favor y dos en contra, la Corte Constitucional dio paso a la despenalización del aborto por violación en Ecuador, tras acoger la acción de inconstitucionalidad presentada por tres organizaciones de mujeres y de defensa de derechos sexuales y reproductivos.
El pleno de la Corte Constitucional, reunido este 28 de abril, conoció el proyecto elaborado por la jueza Karla Andrade Quevedo, de la causa 34-19-IN y acumulados, sobre la petición de que se declare inconstitucional por el fondo los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se despenalice el aborto.
Tras el debate y votación, siete jueces se pronunciaron a favor de la despenalización del aborto por violación: Hernán Salgado Pesantes, Daniela Salazar, Ramiro Ávila, Karla Andrade, Agustín Grijalva, Alí Lozada y Enrique Herrería. Las juezas Teresa Nuques y Carmen Corral se pronunciaron en contra.
Lo que debatió la Corte es lo que señala el artículo 150 numeral 2 del COIP, sobre aborto no punible, que señala que el aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo, no será punible, “si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental”.
Lo que hizo la Corte Constitucional, es suprimir la frase “que padezca de discapacidad mental”; con lo cual, una vez que se publique en el Registro Oficial el fallo de la CC, el numeral 2 del artículo 150 del COIP dirá: “si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer”.
En el debate, los jueces constitucionales consideraron que mantener la frase “que padezca discapacidad mental” sería discriminatorio; pues cuando la violación se produce a una mujer con discapacidad es contra su voluntad, y cuando se viola a una mujer en uso de sus facultades también se hace en contra de su voluntad.
Reacciones a fallo de la Corte Constitucional
Del colectivo pro derechos del niño por nacer, Erwin Ronquillo, dijo que están consternados por el trato que le dio la CC, a este caso, porque es algo que la Asamblea Nacional como legislador negó en el 2019. También observó que el trámite se haya realizado a puerta cerrada.
Cuestionó que siete jueces, que a su criterio no son elegidos por la mayoría de los ecuatorianos, deciden algo que no tiene respaldo de la mayoría y afirmó que en un sondeo realizado en marzo de 2020, ocho de cada diez personas no apoyan el aborto.
Frente a una violación, añadió Roquillo, se está ante un drama humano y que una vez que se consume el hecho ya existe un daño a una persona; y en este caso la CC, al fallar como lo hizo lo que están es otorgando pena de muerte a la víctima más indefensa como la mujer violada. No es un tema sencillo, pero tampoco como sociedad se puede cortar por el lado más fino, no se puede quitar el derecho a vivir al concebido.
Indicó que en los últimos años han presentado varias opciones para evitar el aborto como la adopción en el vientre, pero que no fue acogido por la Asamblea, así como la cadena perpetua a los violadores.
Para Sybel Martínez, vicepresidenta del Consejo de Protección de Derechos de Quito, la decisión de la CC la reciben con mucha esperanza de que al fin se despenalizó el dolor y sufrimiento de mujeres y niñas en tránsitos más violentos y desgarrados, sobre todo en temas de violación.
Que no ha sido un trabajo para nada fácil, pero que cree que es un tema de derechos la posibilidad de evitar la tortura, el tormento y los daños perdurables, y dejar a merced de los agresores a estas mujeres víctimas de violencia social.
El trabajo para lograr este objetivo, añadió Martínez, empezó con despenalizar el aborto en la mente como sociedad y para cambiar una cultura social con una visión bastante sesgada se llevaron años de trabajo. Reveló que en el Ecuador 14 niñas se embarazan por semana y de ellas 7 paren y 7 abortan de manera clandestina, y cargando con ellas, un trauma.
FUENTE: EL UNIVERSO (EC)