Uno de los impactos de la crisis económica es no contar con el dinero suficiente para cumplir con las obligaciones contraídas con anterioridad con el sistema financiero. Por ello la Junta de Regulación de la Política Monetaria y Financiera amplió en 60 días adicionales el plazo para el diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias.
«La disposición es necesaria en la medida en que las actividades comerciales se van dinamizando nuevamente», subrayó Ruth Arregui, superintendenta de Bancos. Arregui explicó que los ciudadanos en estos 60 días pueden pactar con su banco el diferimiento y el número de cuotas. «Hasta agosto se puede hacer esta gestión», añadió. Mientras que los 90 días que menciona la resolución tienen que ver con los días que puede hacer el usuario el diferimiento. «Antes estaba 60 días y que quiere decir que era dos cuotas por ejemplo de crédito, ahora se amplió a 90 días que quiere decir tres cuotas de crédito que usted podría acogerse»‘. La titular de la Superintendencia de Bancos recalcó que en ese periodo no le pueden cobrar intereses de mora ni mandar la cartera a cartera morosa, tampoco bajará la calificación crediticia del usuario.
«Todas las disposiciones originales (de la resolución del 22 de marzo) están vigentes, lo único que han cambiado son los plazos». En una entrevista radial, Arregui señaló que la banca entró en la pandemia «de manera sólida y de manera líquida», lo que le ha permitido mantener la operación de prestaciones de productos y servicios. En ese sentido la Superintendencia de Bancos instruyó a la banca la capitalización de al menos el 73% de las utilidades que obtuvieron en 2019. No obstante, la funcionaria subrayó que las personas en la medida que tengan dinero deben honrar las deudas de manera oportuna y evitar la acumulación de grandes montos a pagar. «Es cierto que el confinamiento generó falta de actividad económica, pero con la reactivación de las mismas, las obligaciones crediticias deben ser cumplidas». Julio José Prado, presidente ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), explicó que el procedimiento es de carácter voluntario y debe ser acordado entre los usuarios del sistema financiero con sus respectivas instituciones.
«El diferimiento que hagan los bancos será tras un análisis caso por caso, no es automático. Cada uno de los bancos tienen sus propias políticas», manifestó. En una entrevista en Ecuador TV, Prado señaló que hay dos elementos importantes a tener en cuenta: no se cobra ningún tipo de cargo por mora, lo que sí aplica es el interés que ya estaba corriendo, que podrá ser refinanciado o diferido. Y que durante el periodo que ya está corriendo y el que sigue (cubierto por la resolución), las deudas no generarán un daño de la calificación crediticia.
«Pero si después de 90 días, es decir pasa julio, agosto y septiembre, la persona que no ha cumplido sus obligaciones, ahí sí tendríamos que pasar la deuda como una deuda vencida», aclaró Prado. Durante la pandemia se han diferido 1,2 millones de operaciones, lo que representa 1.500 millones de dólares, recordó el titular de la Asobanca. ¿Cómo pactar el diferimiento? Prado mencionó que lo que podría ocurrir en los próximos días es que el banco se comunique con el cliente, el cual «tiene que responder al mensaje diciendo cuál es su condición». El representante de la banca privada aseguró que hay una gran cantidad de clientes que sí están en capacidad de pagar y una gran cantidad que no tienen la capacidad para hacerlo.
Pero también están aquellos a los que se les ha diferido durante los últimos 3 meses, pero que ahora no necesitan este apoyo y están en capacidad de pagar. Pero los expertos recomiendan que sea el cliente quien muestre interés en gestionar sus deudas y para ello debe contactar al asesor de crédito, a través de canales digitales o de manera presencial (con las medidas de bioseguridad), para encontrar la mejor alternativa.
A continuación Fundación CRISFE brinda cuatro alternativas: – Acoger el diferimiento dado por la institución financiera. Los bancos cuentan con acuerdos de pago e incluso con herramientas en su banca virtual que permite visualizar el valor de las cuotas en base al plazo que el cliente escoja; para que pueda realizarlo es importante que haya cancelado su pago mínimo -Refinanciar la deuda. Es indispensable que el cliente evalúe la nueva capacidad de pago, con ello se cuenta con el insumo para proponer a la institución financiera cambios en las condiciones de cancelación por las debilidades temporales en la liquidez.
La propuesta puede sugerir pagos de cuotas fijas o variables, en función de la periodicidad con la cual se generará ingresos. Previamente, revisar y proyectar el presupuesto y flujo de efectivo. – Reestructurar la deuda. Si la liquidez está sufriendo disminuciones muy fuertes, la mejor alternativa es solicitar a la institución financiera un cambio en las condiciones del crédito. Es un buen momento para consolidar todas las deudas pendientes en la entidad, de tal forma que se tome un solo compromiso financiero y pueda ser cumplido. – Novación o renovación de una deuda pendiente de pago. Es importante realizarla si se ha cancelado un monto superior al 50% de la deuda y se considera que una inyección de dinero puede reactivar y fortalecer la generación de ingresos futuros. Se puede gestionar con la institución financiera una nueva operación crediticia con nuevas condiciones referentes a monto, plazo, tasa de interés u otra. Pues la novación extingue a la deuda actual.
FUENTE: DIARIO EL TELÉGRAFO (EC)