El pasado 30 de abril del 2021 se reformó la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre en el Pleno de la Asamblea Nacional. El nuevo proyecto contempla regulaciones para los biciusuarios, con el objetivo de mejorar la seguridad vial se establecieron derechos y obligaciones para los ciclistas en las vías.
Respecto a los derechos de los biciusuarios el Art. 204 señala:
Transitar por todas las vías públicas del país, con respeto y seguridad, excepto en aquellos en la que la infraestructura actual ponga en riesgo su seguridad, como túneles y pasos a desnivel sin carril para biciusuarios.
Se deberá adecuar espacios para hacerlo.
Disponer de vías de circulación privilegiada dentro de las ciudades y en las carreteras, como ciclovías y espacios similares.
Disponer de espacios gratuitos y libres de obstáculos, con las adecuaciones correspondiente, para el parqueo de las bicicletas en los terminales terrestres, estaciones de bus o similares.
Derecho preferente de vía o circulación en los desvíos de avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías.
A transportar sus bicicletas en los vehículos de transporte público cantonal e interprovincial, sin ningún costo adicional. Para facilitar este derecho, los transportistas dotarán a sus unidades de estructuras portabicicletas en sus partes anterior y superior.
A tener días de circulación preferente de las bicicletas en el área urbana, con determinación de recorridos, que favorezcan e impulsen el desarrollo de ciclopaseos ciudadanos.
A ser atendidos por los agentes de tránsito sobre sus denuncias por la obstaculización a su circulación por parte de los vehículos automotores y el irrespeto a sus derechos de preferencia de vía y transportación pública.
En cuanto a las obligaciones de los ciclistas se establece:
También se adjudicó a los GADS implementar redes de ciclo parqueaderos públicos, en sitios estratégicos de su jurisdicción.
FUENTE: EL TELEGRAFO (EC)