Los gastos en gimnasio, internet, alícuotas y pañales también se deducen

El SRI hace un recuento de la lista de gastos que tienen la opción de ser deducidos en el pago de impuesto.

Hasta el 31 de enero del 2020 los trabajadores, en relación de dependencia, deberán entregar en sus empresas la proyección de gastos personales para el pago del impuesto a la renta (IR). Quienes están obligados a hacerlo (quienes ganen más de $ 11.315,00 al año) deben tener en cuenta que existen distintos tipos de gastos que podrán deducirse, para poder reducir dicho pago.

Gabriela Orellana, directora Zonal 8 del Servicio de Rentas Internas (SRI), recuerda que son cinco los rubros donde se pueden aplicar deducciones u omisiones de gasto: alimentación, educación, arte y cultura, salud, vestimenta y vivienda; beneficios que, para este año, tienen un tope de $ 14.709,50 a nivel nacional (si es Galápagos, $ 26.522). Además de eso están los gastos que se registren por enfermedades raras, catastróficas o huérfanas ($ 22.630).

¿Pero qué tipo de gastos entran en cada rubro? Orellana recomienda a los contribuyentes revisar el listado de los gastos que pueden omitirse, cuya última actualización se hizo en el 2018. En vivienda, por ejemplo, no solo es deducible la suma de intereses que se pagan por un crédito hipotecario, sino otros rubros relacionados como los servicios básicos, impuestos prediales o las mismas alícuotas que se cancelan mes a mes en las urbanizaciones.

En salud, explica, el beneficio no debe limitarse a los gastos médicos, sino a otro tipo de haberes relacionados a los gastos de gimnasio o lo que se paga por las clases de diferentes disciplinas como el yoga.

Lo mismo pasa en el segmento de educación, donde se pueden añadir gastos de matrículas y pensiones, pero también el gasto que se hacen por actividades curriculares o la misma facturación de Internet.

En vestimenta, añade, pocos recuerdan que en este listado también se pueden deducir prendas como pañales o que, en arte y cultura, también cuentan los gastos de cine, obras de teatro o exposiciones.

Orellana informa que para a las 15:00 de este jueves, 8 de enero del 2020, la entidad tributaria tiene previsto realizar un #FacebookLive para dar a conocer los pasos que se deben seguir para realizar una proyección de forma correcta.

FUENTE: DIARIO EXPRESO (EC)

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