Después de las inquietudes surgidas por las retenciones del 12 % del IVA que están realizando tarjetas de crédito por la compra de bienes en páginas foráneas, el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha insistido en que ese impuesto aplica a la importación de servicios digitales, pero no a la compra de bienes.
A raíz de la vigencia del cobro del IVA a los servicios digitales, usuarios se han quejado porque al comprar productos físicos como computadoras en páginas como Apple.com se está aparentemente reteniendo ese impuesto. Otros refieren casos similares con compras en Amazon y eBay, que no consta en la lista del catastro del SRI.
A una consulta realizada por este Diario por retenciones que se están realizando por la compra de bienes, el SRI indicó que en el caso de Amazon y Apple se incluyeron dentro del catastro solo los pagos por servicios digitales como Amazon Prime o Amazon Video y Apple o Apple.com, que es donde se compran servicios digitales. Apple Store, según el SRI, no se incluyó porque esa sí puede vender bienes.
En el caso de Amazon solo aplica a servicios digitales o servicios de envío, mas no a los bienes.
No obstante, los usuarios insisten en que en páginas como Apple.com se venden productos que se están cargando con el IVA como servicios digitales, por lo que piden que el SRI sea más específico para así evitar que las tarjetas hagan la retención.
Al parecer las tarjetas de crédito, que deben hacer la retención por el IVA, no estarían distinguiendo si la compra es por un bien o servicio digital, creen usuarios.
Javier Bustos, especialista de la firma ABC TAX, explica que la compra de bienes electrónicos no es un servicio digital, por lo que no debería cobrarse el IVA.
Al cobrarse el IVA en la transacción, el ciudadano pagará ese impuesto dos veces, tanto en la retención que efectúa la tarjeta de crédito como al momento de desaduanizar la computadora en aduanas, sostiene Bustos. (I)
FUENTE: EL UNIVERSO